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Calculadora de IVA e impuesto al consumo para restaurantes

Calcula cuánto impuesto y cuánta propina lleva una cuenta, o desglosa el impuesto que ya viene dentro del precio de tu carta.

Respuesta corta

Un restaurante en Colombia no cobra IVA: cobra 8% de impuesto al consumo, y es el mismo 8% en la mesa, para llevar y a domicilio (art. 512-1 num. 3 del Estatuto Tributario). Hay dos excepciones: si operas bajo franquicia cobras IVA del 19%, y si eres persona natural con un solo local e ingresos del año anterior menores a 3.500 UVT no cobras impuesto. La propina no lleva impuesto.

Datos de la cuenta

Impuesto al consumo del 8%. Sin IVA, en mesa, para llevar o a domicilio. (Art. 512-1 num. 3 y art. 512-9 del Estatuto Tributario)

El canal no cambia el impuesto: la norma grava igual el consumo en el lugar, lo que el cliente se lleva y lo que se entrega a domicilio (art. 512-1 num. 3).

Desglose del cobro

Valor sin impuesto (base)Precio de carta menos el impuesto que trae adentro
$ 92.593
Impuesto al consumo (8%)Art. 512-1 num. 3 y art. 512-9 del Estatuto Tributario
$ 7.407
Propina sugerida (10%)Voluntaria, sin impuesto
$ 9.259
Total a cobrar$ 109.259

Cifras de referencia. Tu contador confirma tu caso antes de configurar tarifas en tu caja. Abajo están las normas y la fecha de la última revisión.

Qué impuesto cobra cada caso

CasoImpuestoTarifaNorma
Plato o bebida que se consume en la mesa (restaurante, cafetería, panadería, heladería, frutería, autoservicio)Impuesto al consumo8%Art. 512-1 num. 3 y 512-9
Comida para llevar que el cliente recoge en el localImpuesto al consumo8%Art. 512-1 num. 3
Domicilio, con repartidor propio o por una appImpuesto al consumo8%Art. 512-1 num. 3
Bebidas que acompañan la comida (gaseosa, jugo, cerveza, vino)Impuesto al consumo (entran en la base)8%Art. 512-9
Comidas y bebidas alcohólicas que se consumen dentro de un bar, taberna o discotecaImpuesto al consumo8%Art. 512-1 num. 3
Restaurante que opera bajo franquiciaIVA (el impuesto al consumo no aplica)19%Art. 512-1 num. 3, último inciso; Oficio DIAN 901713 de 2022
Persona natural con un solo local e ingresos del año anterior menores a 3.500 UVTNo responsable: no cobra impuesto al consumo0%Art. 512-13
Precio que ves en la cartaDebe traer el impuesto al consumo incluido; en la factura va discriminado8% adentroArt. 512-9
Propina voluntariaNo hace parte de la baseNo lleva impuestoArt. 512-9; Ley 1935 de 2018

Tarifas vigentes en 2026. La misma tabla está en la guía de IVA para restaurantes.

¿Quieres el detalle con casos y errores típicos? Lee la guía de IVA e impuesto al consumo para restaurantes.

Que la caja haga esta cuenta sola

En POS Colombia cada producto tiene su impuesto: consumo 8%, IVA 19%, IVA 5%, exento o excluido. La comida y la bebida arrancan en consumo 8%, y si tus precios ya traen el impuesto, el sistema lo desglosa por dentro sin cobrarle de más al cliente.

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Fuente y fecha de revisión

Revisado el 24 de septiembre de 2026 contra el texto vigente del Estatuto Tributario y la doctrina de la DIAN. Es una guía para planear y revisar, no asesoría tributaria: tu contador confirma tu caso (régimen, franquicia, tope de ingresos).

  • Estatuto Tributario, art. 512-1 num. 3Grava con impuesto al consumo la comida y bebida preparada en restaurantes, cafeterías, autoservicios, heladerías, fruterías, pastelerías y panaderías, para consumir en el lugar, para llevar o a domicilio, y lo que se consume en bares, tabernas y discotecas. No aplica a franquicias.
  • Estatuto Tributario, art. 426Esas ventas se tratan como servicio excluido de IVA.
  • Estatuto Tributario, art. 512-9Base: precio total del consumo con las bebidas que acompañan. La propina no hace parte de la base. Tarifa del 8%, discriminada en la factura e incluida en los precios de venta al público.
  • Estatuto Tributario, art. 512-13No son responsables del impuesto al consumo las personas naturales con ingresos de la actividad menores a 3.500 UVT en el año anterior y máximo un establecimiento.
  • Estatuto Tributario, art. 915En el Régimen SIMPLE, el impuesto al consumo de comidas y bebidas se declara y paga mediante el SIMPLE.
  • DIAN, Oficio 901713 de 2022Confirma el 8% en mesa, para llevar y domicilio, y que el impuesto al consumo no aplica a franquicias.
  • DIAN, Resolución 000238 de 2025Fija la UVT de 2026 en $52.374.
  • Ley 1935 de 2018La propina es voluntaria y el cliente puede no pagarla.

Guía completa

IVA en restaurantes Colombia 2026: ¿8% o 19%?

Régimen

Régimen simple o común para tu restaurante

Facturación

Guía de factura electrónica DIAN en Colombia

Software

POS para restaurantes en Colombia

Preguntas frecuentes

¿Un restaurante cobra 8% o 19%?

En general, 8% de impuesto al consumo y no IVA. Aplica en mesa, para llevar y a domicilio (art. 512-1 num. 3 del Estatuto Tributario). Una cuenta de $100.000 queda con $8.000 de impuesto al consumo. Hay dos excepciones: si operas bajo franquicia cobras IVA del 19%, y si eres persona natural con un solo local e ingresos del año anterior menores a 3.500 UVT no cobras impuesto.

¿La comida para llevar o a domicilio paga IVA del 19%?

No. La norma grava con el mismo 8% de impuesto al consumo la comida para consumir en el lugar, la que el cliente se lleva y la que se entrega a domicilio. Da igual si el domicilio lo hace tu repartidor o una app: quien vende la comida eres tú. La comisión que te cobra la app es otro servicio, con su propia factura.

¿Las bebidas alcohólicas pagan IVA en un restaurante o bar?

Si se consumen en el restaurante, o dentro de un bar, taberna o discoteca, hacen parte del consumo y pagan el 8% de impuesto al consumo, no IVA (arts. 512-1 num. 3 y 512-9). Los impuestos de licores que cobra el departamento ya vienen dentro del precio de tu proveedor. Si vendes licor cerrado para llevar como tienda o licorera, las reglas son otras: revísalo con tu contador.

¿El precio de la carta debe incluir el impuesto al consumo?

Sí. El art. 512-9 pide que el 8% vaya incluido en los precios de venta al público y discriminado en la factura. Si tu carta dice $30.000, ese es el precio final: $27.778 son la base y $2.222 el impuesto al consumo.

¿La propina paga impuesto al consumo?

No. La propina es voluntaria (Ley 1935 de 2018) y la norma dice que no hace parte de la base del impuesto al consumo (art. 512-9). Se calcula sobre el valor de la cuenta antes de impuestos y es para los trabajadores.

¿Qué cambia si mi restaurante está en el Régimen SIMPLE?

Le cobras al cliente el mismo 8% de impuesto al consumo. Lo que cambia es que lo declaras y pagas dentro del SIMPLE, no en una declaración aparte (art. 915 del Estatuto Tributario). En el SIMPLE también debes expedir factura electrónica.

¿Quién no tiene que cobrar el impuesto al consumo?

La persona natural que tuvo ingresos de la actividad menores a 3.500 UVT en el año anterior y tiene máximo un local (art. 512-13). Para los ingresos de 2025 eso es $174.296.500 con la UVT de 2025; con la UVT de 2026 son $183.309.000. Si pasas el tope o abres un segundo local, te inscribes como responsable (código 33 del RUT) y empiezas a cobrar el 8%.

¿Puedo descontar el IVA que pago en mis compras?

Si cobras impuesto al consumo, no. Como tu venta está excluida de IVA, el IVA que pagas a tus proveedores se vuelve parte de tu costo. Por eso conviene que el costo de tus recetas incluya ese IVA. Si operas bajo franquicia y cobras IVA, ahí sí lo descuentas en tu declaración de IVA.